ARTĂCULO 1Âș. Crea la carrera LICENCIATURA EN GETIĂN DE LA TECNOLOGĂA INFORMĂTICA APLICADA A LA INDUSTRIA en todo el ĂĄmbito de la Universidad TecnolĂłgica Nacional.
ARTĂCULO 2Âș. Aprobar el diseño curricular de la carrera LICENCIATURA EN GETIĂN DE LA TECNOLOGĂA INFORMĂTICA APLICADA A LA INDUSTRIA – Plan 2026 – para todo el ĂĄmbito de la Universidad TecnolĂłgica Nacional, que se agrega como Anexo I y es parte integrante de la presente ordenanza.