ARTÍCULO 1º. Crea la carrera LICENCIATURA EN GETIÓN DE LA TECNOLOGÍA INFORMÁTICA APLICADA A LA INDUSTRIA en todo el ámbito de la Universidad Tecnológica Nacional.
ARTÍCULO 2º. Aprobar el diseño curricular de la carrera LICENCIATURA EN GETIÓN DE LA TECNOLOGÍA INFORMÁTICA APLICADA A LA INDUSTRIA – Plan 2026 – para todo el ámbito de la Universidad Tecnológica Nacional, que se agrega como Anexo I y es parte integrante de la presente ordenanza.