Modifica el punto 3 – inciso 3.3 de la Ordenanza Nº 987 – Alcances de la carrera Tecnicatura Universitaria en Programación, el que quedará redactado según lo establecido en el Anexo I de la presente Ordenanza.
Eleva la presente Ordenanza a la Dirección Nacional de Gestión y Fiscalización Universitaria del Ministerio de Educación y encomienda consuntamente la pronta resolución de reconocimiento del título y validez nacional de la citada carrera que se desarrolla en nuestra Universidad ya hace varios años.
Ordenanza Nº 1303
Adecua el diseño curricular de la carrera TÉCNICO SUPERIOR EN SEGURIDAD VIAL, que se agrega como Anexo I y es parte integrante de la presente Ordenanza.
Pone en vigencia las adecuaciones efectuadas a partir del ciclo lectivo 2011.
Deroga la Ordenanza Nª 1092.